Este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, CON LUGAR la solicitud de conversión en DIVORCIO, de la presente Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento interpuesta por los ciudadanos: ELSA MARÍA RODRÍGUEZ RAMOS y DANIEL ALEJANDRO SIFUENTES CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 11.215.864 y V- 17.522.790 respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado NÉSTOR EDGAR ORTEGA TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.361, y jurídicamente hábil de conformidad con el Artículo 185, primer y segundo aparte del Código Civil, como consecuencia de tal pronunciamiento, queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que existió entre ambos y que contrajeron en fecha veinte (20) de julio de 2.007, según Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 19, folios Nros: 0019 al v.....