Se declaró la NULIDAD de la sentencia apelada, de fecha 20 de diciembre de 2010, proferida por el Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, por ser ese Tribunal incompetente por razón de la materia y el territorio para conocer y decidir la demanda propuesta. Se REPUSO el procedimiento al estado en que se encontraba para la fecha en que se dictó dicho fallo. Se DECLINÓ la competencia en el Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, al cual se declaró competente por razón de la materia y el territorio.