´CAPITULO III
DISPOSITIVA
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN NUEVA BOLIVIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesta por la ciudadana: ANA BENILDA PEREIRA ALDANA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-4.322.183, domiciliada en la Población de Nueva Bolivia, Diagonal al Liceo Bolivariano José Manuel Briceño Monzillo, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, y en consecuencia se declaró como única y exclusiva poseedora de las mejoras y bienhechurías aquí mencionadas. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo,.....