DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el presente Expediente que por DIVORCIO POR DESAFECTO, ha incoado el ciudadano SAUL ENRIQUE RONDON OSUNA, debidamente asistido por el abogado RICARDO ANTONIO MARIN DAVILA, plenamente identificados al inicio de la presente decisión.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte actora haciéndole saber que el lapso para que interponga el recurso que considere pertinente, contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos su notificación. Líbrese la correspondiente boleta, y entréguesele al Alguacil para que la haga e.....