Este Juzgado de Juicio N° 04, del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, para resolver el pedimento anterior observa:
El escrito de solicitud que presenta la Defensora Pública antes mencionada, al limitarse simplemente a requerir de este despacho, que se ordene la práctica de un examen médico para el acusado, señalándose que el resultado del mismo, es necesario para la defensa técnica, sin hacer indicación alguno, del basamento legal de tal pedimento, resulta ser, un requerimiento carente de fundamentación legal, por una parte, y por la otra, de la debida motivación, pues no fue determinada en el escrito peticionario, la pertinencia de la práctica de tal diligencia, razón por la cual, este Juzgado de Juicio N° 04, declara SIN LUGAR, la solicitu de la Defensa, referida a que se practique al acusado, un examen médico para determinar su edad ósea, por ser ésta, manifiestamente infundada.
La presente decisión se fundamenta en los.....