Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES
CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIURCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO MERIDA., administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de
DIVORCIO propuesta por los ciudadanos: RAMÓN VICENTE MENDOZA y CARMEN SABINA CHACÓN, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 23 de Junio de 1988, por ante la Prefectura del Municipio Gibraltar, Distrito Sucre, Estado Zulia, Acta N° 16, hoy Registrador Civil (a) de la Parroquia Gibraltar, Municipio Sucre del Estado Zulia.