En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, solicitada por la ciudadana NUVIA SILENY DÁVILA DÁVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.038.768, Pasaporte N° 161420327, Visa Americana 20152242060001, domiciliada en La Pedregosa, residencia Puerta al Sol, calle 1, casa N° 9, parroquia Lasso de La Vega, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, teléfono móvil: 0414-717.55.00, correo electrónico: nuviasdavilad@gmail.com, y civilmente hábil, a favor de su hija, la adolescente (se omite la identi.....