este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se acuerda por solicitud del Ministerio Público, mantener la detención del imputado CARLOS JOHAN MEDINA VILORIA, venezolano, cédula de identidad Nº V- 18.221.139, de 28 años de edad, de estado civil: concubino, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 17-06-1985, hijo de Julio Cesar Medina (v) y de Hilda Josefina Viloria (f), de oficio: comerciante, grado de instrucción: Cuarto Año De Bachillerato, residenciado Caracas, Redoma de Ruiz Pineda, Sector La Magal, Barrio Santa Fe casa Nº 2-22, celular Nº 0424-1476538; de conformidad con el artículo 236 del Decreto con rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de garantizar su comparecencia a la celebración de la Audiencia Preliminar, en la causa q.....