Se ADMITE Y DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación bajo la modalidad de efecto suspensivo interpuesto por la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida. Mediante la cual entre otras cosas se impone al encausado JHON GERMÁN PARRA DAZA, medida coerción de la establecida en el artículo 242.8 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente presentación de dos fiadores, en el asunto principal N° LP11-P-2025-000730, acordándose la nulidad absoluta de lo decidido, en razón de lo cual ordena que de manera urgente e inmediata se proceda a la celebración de una nueva audiencia de presentación de aprehendido