Por Decisión N° 396/2010 se DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano RIGO ARTURO ROJAS, en lo que respecta al delito de VIOLENCIA FÍSICA, cometido en perjuicio de la ciudadana NILDA CECILIA MARQUINA; así mismo se ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL, así como los MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS y DECLARA PROCEDENTE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del precitado ciudadano, por la comisión del delito de AMENAZA, cometido en perjuicio de la ciudadana NILDA CECILIA MARQUINA. Se establece como plazo de régimen de prueba UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES contados a partir de la presente fecha 27 DE SEPTIEMBRE DE 2010 HASTA EL 27 DE ENERO DE 2012.-