El Tribunal declaro CON LUGAR de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, la solicitud formulada por los ciudadanos CARLOS ALFREDO VIVAS BUSTOS E YVONE TAMARA OCANTO SANTIAGO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, el primero comerciante y la segunda de oficios del hogar, titulares de las cédulas de identidad números V-12.458.436 y V-13.262.354 en su orden respectivo, ambos domiciliados en esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábiles.-