Por los razonamientos y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución No. 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: Se otorga de conformidad con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado JOSÉ RICARDO QUINTERO GUERRERO, venezolano, de 28 años de edad, Titular de la Cedula de identidad No. V-15.357.183, natural de Tovar Estado Mérida, estado civil: Soltero, fecha de Nacimiento: 04/12/1981; Ocupación: latonero, Hijo de Nancy Josefina Guerrero (v) y de José Ricardo Quintero (v), residenciado en el Sector Campo Alegre, vía la palmita, calle principal, cas.....