DISPOSITIVA.
Se declaró improcedente el recurso de revisión interpuesto en fecha cinco de septiembre del año dos mil dieciséis (05-09-2016), por el abogado Luis Ramón Suescum Rangel,con el carácter de Defensor Público Décimo Quinto y como tal de la penada Yennifer Carolina Pinzón Gavidia, contra la sentencia dictada en fecha cuatro de julio de dos mil trece (04-07-2013), por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, sede Mérida, a tenor de lo establecido en el artículo 462 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.