PRIMERO: CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano PABLO ANTONIO FERNANDEZ SOSA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.084.383, debidamente asistido en este acto por el abogado PEDRO JAVIER PULIDO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-8.027.730, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 52.613, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECOSOCIALISMO Y AGUAS.
SEGUNDO: SE ORDENA la reincorporación del ciudadano y cumplir con las obligaciones del pago y demás conceptos adeudados.
TERCERO: SE ORDENA notificar a las partes del presente fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente sentencia. Déjese copia certificada de la presente decisión. Archívese el expediente.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de.....