PRIMERO   DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD   PENAL  DEL ADOLESCENTE  DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: hace las siguientes  consideraciones:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud planteada por el Ministerio Público, acuerda remitir la presente causa a la Corte de Apelaciones,  conforme a lo  que ha declarado la víctima el adolescente Andrey Santiago Pereira Belandría, ya que ha señalado que posiblemente el imputado Yorman Pereira tenía la mayoría de edad, al momento del hecho, es por lo que este Tribunal se declara incompetente para conocer de la presente causa,  de conformidad con lo previsto en  el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 531 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO:  declara Sin lugar lo solicitad.....