En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR las inhibiciones formuladas en fechas 06 de junio y 10 de julio de 2024, que obran agregadas a los folios 29 y su vuelto y 33 y su vuelto, respectivamente, los Jueces de los Juzgado Superior Primero y Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Abogados YOSANNY CRISTINA DÁVILA OCHOA Y LUIS FERNANDO MORY DUQUE, respectivamente, para seguir conociendo en alzada de la apelación a que se contrae el presente expediente.
En virtud del anterior pronunciamiento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial la suscrita Jueza Accidental asume el conocimiento de dicha causa en el e.....