Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control No 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JOSE DOLORES GUZMAN, portador de la cédula de identidad No 2.455.571; a cumplir la pena de OCHO MESES DE PRISION , por la comisión del delito ACTO SEXUAL (consentido), previsto y sancionado en el artículo 378 (reformado) del Código Penal, en perjuicio de la víctima MARIA TRINIDAD CAMACHO GUZMAN, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar especificados en la parte motiva de este fallo definitivo. No condena en constas al imputado, en virtud de la disposición constitucional prevista en el artículo 26 de la Constitución Nacional (gratuidad de la justicia), así como no se impone el término definitivo del cumplimiento de la condena, toda vez que ella está sujeta al cómputo definitivo a establecer el tribunal de Ejecución que corresponda.
PUBLIQUESE. NOTIFIQUESE. REMITA.....