Por las razones de hecho y de derecho que antecede, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en situación de flagrancia de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA); por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de arma de fuego, tipificado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. SEGUNDO: Visto que la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, solicitó la tramitación de la investigación por la vía del procedimiento ordinario; y dado que el Tribunal considera que existen diligencias pendientes por practicar conforme al último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado como n.....