DISPOSITIVA
En merito de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal , resuelve lo siguiente:
Declara sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada OLIVA VOLCANES ANDRADE, Defensora Pública Quinta de la Unidad de Defensa Pública del Estado Mérida. Extensión El Vigía, para la fase de Ejecución, y como tal del penado YOEL ENRIQUE CUBILLÁN GONZÁLEZ, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, que en fecha 21 de noviembre de 2008, negó el Régimen Abierto como formula alternativa al cumplimiento de la pena al penado: YOEL ENRIQUE CUBILLÁN GONZÁLEZ.
Cópiese, publíquese y regístrese. Trasládese al .....