"...este Juzgado de los municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud de Divorcio y DECLINA su conocimiento en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida municipio Libertador del estado Mérida. Líbrese Oficio remitiendo el presente expediente, una vez firme la decisión..."