El Tribunal homologóconvenimiento suscrito por ante este Tribunal por los ciudadanos: MARIA DEL CARMEN BRICEÑO BECERRA y ALVIS DE JESUS ALBARRAN VERGARA, venezolanos, mayores de edad, divorciados, Estilista y Agricultor, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.897.434 y V-14.598.977, en su orden respectivo, domiciliados, ella en el Sector Santa Cruz de Mijará, parte alta, casa s/n y el en el Sector El Estadium, específicamente en la Calle Rondón, ambos de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar el Cumplimento de Obligación de Manutención y Bonos a favor del Adolescente y de la niña (identidades omitidas de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quince (15) y diez (10) años de edad, respectivamente.-