Con fundamento a lo antes indicado, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, extensión el Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la correspondiente APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la causa que se le sigue al ciudadano DARWIN JOSÉ ROJAS PÁEZ,, por los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente en concordancia con el articulo 80 en su último aparte ejusdem, y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, el primero en perjuicio del ciudadano LUIS EDUARDO MARTINEZ PERALTA y el segundo en perjuicio del ORDEN PUBLICO, en calidad de autor o partícipe material y voluntario..
OCTAVO: Se emplaza a las partes a concurrir en el plazo común .....