DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio N° 2 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano WILMER ANTONIO DÁVILA, venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, nacido en fecha 27-01-1978, titular de la cédula de identidad N° 17.028.292, sin oficio definido, soltero, analfabeta, residenciado en La Pedregosa, Segunda calle del Comando de la Guardia Nacional, en las Invasiones, La Floresta, El Vigía Estado Mérida, a DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452.8 del Código Penal vigente, en perjuicio de LA PLANTA DE DISTRIBUCIÓN DE PDVSA. Firme la presente decisión se ACUERDA oficiar en su oportunidad Legal a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, y Consejo Nacional Electoral, remitiendo copia certificada de la sentenci.....