Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:se homologa la conciliación propuesta y por ende, se suspende el proceso a prueba en el presente asunto penal. Segundo: El imputado (IDENTIDAD OMITIDA), para repara el daño social ocasionado, se obliga a: Obligaciones de hacer: 1.- Continuar trabajando con su progenitor en su condición de cobrador mensajeros. 2.- Obligación de realizar dos cursos, los cuales deben ser consecutivos, terminar uno el cual sería el que realizará en el Ince como lo es la Reparación de Micro Computadora y deberá consignar la correspondiente constancia, posteriormente deberá manifestar al Tribunal el inicio el otro curso y de igual manera debe.....