Este tribunal de conformidad con el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento civil, le imparte su homologación, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado procédase al desglose de los instrumentos públicos, que rielan a los folios 4,5, 6 y 7 del presente expediente, en su lugar déjense copias fotostáticas certificadas, de conformidad con el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil, y efectúese la entrega al solicitante. Se ordena el archivo del Expediente. Cumplido lo anterior procédase al archivo del expediente y su remisión con oficio al Archivo Judicial.