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DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida a DANIEL ESCALONA PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-17.321.285, Venezolano, fecha de nacimiento 11-08-1983, edad 32 años, soltero, hijo del ciudadano Manuel Escalona (V) y de la ciudadana Catalina Peña (V), domiciliado en la Urbanización Santa Maria Norte, Calle El Bosque, donde esta la construcción, frente a las tareas dirigidas, Municipio Libertador del estado Mérida, teléfono Nº 0424-7566544; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, VIOLENCIA.....