Decisión
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin lugar el otorgamiento de Destacamento de Trabajo, a la penada de autos, MAILET DEL VALLE GÓMEZ LACRUZ, titular de la cédula de identidad N° V- 13.649.883; por no cumplir los requisitos del artículo 500.2 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la penada, la defensa y el Ministerio Público, impóngase de la decisión a la penada en la visita penitenciaria. Líbrese oficio con copia certificada de la presente decisión a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. JOSÉ GERARDO PÉREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. LUCIA LEON