Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar, los recursos de apelación interpuestos por los profesionales del derecho Yldemaro Esteban Morales Morales y Reina Coromoto Chacón Gómez, con las condiciones de apoderados judiciales de la parte demandante y demandada respectivamente, contra la sentencia proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, de data 18 de diciembre de 2015, en la que se declaró Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana Duilia del Carmen Díaz Rangel contra la empresa Centro Clínico Vargas C.A. SEGUNDO: Se modifica la cuantía condenada a favor de la trabajadora reclamante, insertándose en.....