Decisión
En consecuencia este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Declara la aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano Tito Alejandro Marval Guillen como cooperador del delito de Robo Arrebatón, previsto en el artículo 456, en concordancia con el artículo 84 del Código Penal Vigente, por considerar presentes los supuestos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se evidencia en el acta policial que riela al folio 2, de fecha 24 de abril de 2006, que este ciudadano fue detenido cerca del sitio de donde se cometió el delito con los objetos productos del mismo. SEGUNDO: Declara con lugar aplicar el procedimiento abreviado en la presente causa, de conformidad con el artículo 373, en concordancia con el artículo 372.1° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se acuerda l.....