Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: se decreta procedente conforme lo solicitado, la aprehensión en flagrancia del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), quien fue presentado a este Despacho Judicial con la precalificación del delito de Robo Leve (arrebatón), previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456 del Código Penal vigente, precalificación ésta que admite este Tribunal, toda vez que los hechos están referidos justamente a la acción de arrebatar, por cuanto, la ciudadana María Viviana García de Ramírez, fue despojada de una cadena de su propiedad el día 26-04-2006, siendo aproximadamente las tres horas de la tarde (3:00 pm) específicame.....