Se trasladó y se constituyó el Tribunal en el inmueble casa habitación familiar constante de dos habitaciones con paredes de bloque, techo de acerolit, ubicada en la población de Nueva Boliva a orillas de la Carretera Panamericana a un lado de la empresa Cadela; del Municipio Tulio F. Cordero del Estado Mérida, en compañia de la demandante ciudadana Alexandra J. González C. y su abogado asistente Nilfo E. Bernal inpreabogado n° 71313; Se notifico de su misión a la ciudadana Dory Guzmán Rincón, C.I N° 23.214.799, quien manifestó ser la persona demandada en el cuerpo de la comisión y que se encontraba en el inmueble objeto de la medida de la cual se le estaba notificando.En este acto la ciudadana Jueza para garantizar el derecho a la defensa a la demandada, le concede un plazo de espera de una hora para que se comunique con abogados de su confianza y/o terceros que tengan un interes legitimo y directo en la resulta de la presente medida para que puedan hacer acto de presencia, defiendan .....