Este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ordena la materialización de la presente medida decretada por el Juzgado de los Municipios Miranda y Pueblo Llano del Estado Mérida. SEGUNDO: Se ordena la designación de un cerrajero, y de un depositario necesario. TERCERO: Se ordena librar un Cartel de Notificación a nombre del demandado y/o terceros con interés legitimo y directo en la presente Comisión y fijarlo en la puerta del inmueble de marras. Cúmplase. A continuación el Tribunal designa como Cerrajero al Ciudadano Henrry Yohan Finol Vergara, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 15.583.241 Y como Depositaria Necesaria del Inmueble a la Ciudadana Lucia Araujo ya identificada. Quienes estando presentes aceptan los cargos en ellos re.....