Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de Prescripción alegada por la demandada Sociedad Mercantil "CORPORACION CARNICA 2.005 C.A.".
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILLIAM MACKALIESTER DELGADO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad número V-10.629.633, contra la Sociedad Mercantil "CORPORACION CARNICA 2.005 C.A.", por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.