HOMOLOGA el convenimiento manifestado por la parte demandada mediante escrito de fecha 12 de marzo del año 2024, inserto al folio 19 del presente juicio de Reconocimiento de Contenido y Firma, en consecuencia, se declara legalmente Reconocido en todas y cada y una de las partes el contenido y firma del instrumento privado que riela al folio 06 del expediente y su vuelto, suscrito entre los ciudadanos, los co-demandados ciudadanos ISIDRO SÁNCHEZ TREJO y CARMEN COROMOTO PUENTE DE SÁNCHEZ, y la ciudadana YENYS DEL CARMEN SÁNCHEZ PUENTE, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.486.671, V-4.484.143 y V-15.517.274, parte co-demandada y parte demandante en el presente juicio, teniéndose dicho acto como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.