D E C I S I Ó N
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIIS la demanda de INTERDICTO DE AMPARO, promovido por la ciudadana YADIRA DEL CARMEN ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.524.740, con domicilio en la Urbanización San Cristóbal calle 1, casa 7 detrás del centro comercial Atrium, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida asistida por los abogados en ejercicio Jhonny Javier Molina Mora y Richard Antonio Dávila, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-11.464.871 y V-1º.718.001, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 135.292 y 179.103, en contra de las ciudadanas THANIA DINHORA ROSALES OSUNA Y CLAUDIA CRUZ OSUNA, Venezolanas, mayores de edad, titu.....