En vista que fue establecido por Resolución N° 70, del Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 1 el sistema de Gestión, Decisión y Documentación Jurís 2000, ...los Tribunales estén debidamente adecuadas tanto en sus componentes tecnológicos como en su infraestructura, siendo que en esta Extensión funciona dicho sistema, desde el 13 de Marzo de 2003, por tanto, las actuaciones realizada por el Juez de Control N° 07, se encuentra almacenado en el sistema jurís 2000, previendo que en su artículo 8 parágrafo único: Los reportes de los registros que suministra el Sistema Jurís 2000, no darán fe pública si no están debidamente refrendados con la firma del Juez o del Secretario, o de ambos, según los requerimientos de Ley.
PRIMERO: Se acuerda la reconstrucción de la causa N° LP11-P-2003-000053 en mención, y por ende se solicita a la mayor brevedad, copias certificadas de las actuaciones, previa verificación del libro diario.