Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 51 de la Constitución Nacional, CUMPLE CON HACER EFECTIVA LA ORDEN DE ENTREGA DE LOS OBJETOS DEBIDAMENTE SEÑALADOS EN EL ACTA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y EN LA EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, CURSANTES A LOS FOLIOS (12) Y (23) DE LA PRESENTE CAUSA, A SU PROPIETARIA; LA ACUSADA YADILUZ DEL VALLE SALAS RAMIREZ, titular de la cédula de identidad nro. V-17.664.424, tal como lo ordenara éste Juzgador, en el numeral SEXTO del dispositivo del fallo leído en la audiencia oral y pública celebrada en fecha 26-6-2.006 (folio 72), por tratarse de objetos lícitos, cuya posesión o comercio no se encuentra prohibido, los cuales le fueron in.....