declara incompetente para seguir conociendo de la presente causa de daños y perjuicios, incoada por el ciudadano JAVIER ANTONIO ARELLANO MENDEZ, contra el ciudadano EULOGIO CONTRERAS CONTRERAS. En consecuencia, declina la competencia al Tribunal de Protección del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en el Edificio Hermes, Segundo Piso de la ciudad de Mérida. Así se decide.