Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 1º de marzo de 2017. Se ORDENÓ al demandado, ciudadano RICARDO HERNANDEZ GONZALEZ, el desalojo del inmueble. Se ordenó el pago del impuesto al valor agregado (IVA) correspondiente a los meses de diciembre de 2016 y enero 2017 calculados a razón de CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 56.684,40) para un total de CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON OCHENTA (Bs. 113.368,80) sin perjuicio de los alquileres pendientes. Se ordenó a la parte actora, el retiro del pago parcial de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de diciembre 2016 y enero 2017, los cuales suman la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo). Se CONDENÓ a la parte demandada, al pago de las costas del recurso, por haber sido confirmado la sentencia apelada.