PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos NORELYS JOSEFINA MÉNDEZ y JOSÉ ALEXIS VALERO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.487.422 y V-11.464.452, en su orden, domiciliados la primera en San Jacinto, El Chama, sector Raúl Leoni, calle El Estadio, casa N° 12182, parroquia Jacinto Plaza, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y el segundo residenciado en San Jacinto El Chama, sector Raúl Leoni, calle el estadio casa Nº 2130, parroquia Jacinto Plaza, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles.; a favor de la adolescente NORKIS ALEXANDRA VALERO MÉNDEZ, de diecisiete (17) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-31.622.890, F.N: 14/09/2006, Pasaporte N° 169483847; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.