este Tribunal, negó lo solicitado por el abogado JESUS ALFREDO RUGELES GUTIERREZ, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, por cuanto la causa de estimación e intimación de honorarios profesionales, es un proceso independiente y separado de la causa principal, en virtud de lo cual, considera este Juzgado que no hay una relación accesoriedad de la misma con el juicio principal por cobro de daños materiales y morales ocasionados en accidente de tránsito. Así de decide.