En este estado este tribunal acuerda visto el pedimento hecho por la parte actora dejar los bienes en guarda y custodia a la ciudadana ROSA MARGARITA SANCHEZ ARAQUE, a quien se le hizo saber sus obligaciones inherentes a su cargo, seguidamente ambas partes demandante y demandada solicitan al tribunal de la causa homologue el presente convenimiento, de por terminada la siguiente causa y se abstenga de archivar el expediente hasta tanto conste el cumplimiento por parte de la demandada del convenimiento aquí celebrado.