"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, y al Registrador Principal del estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento de la ciudadana ANA MIREYA GAVIDIA DE MARTIN, ya identificada, inserta por ante el mencionado Registro, identificada con el Nº, 45, correspondiente al año 1968, ya que erróneamente colocaron el nombre de su madre como "JOSEFINA ", siendo lo correcto "MARIA JOSEFINA ". Así se decide..."