declara CON LUGAR, la presente solicitud.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara RECTIFICADA la Partida de Nacimiento del ciudadano ALFREDO DE LA CRUZ SÁNCHEZ AVENDAÑO, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Zea del Estado Mérida y la expedida por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Mérida, en el sentido de que en lo sucesivo aparezca inserto correcto lo siguiente: Debe corregirse en la Partida de Nacimiento expedida por ante de la Oficina de Registro Civil del Estado Mérida: Que se omitió el primer apellido de la madre ciudadana Emiliana Moreno Avendaño en la trascripción del apellido del ciudadano ALFREDO DE LA CRUZ SÁNCHEZ AVENDAÑO y en su lugar se escribió así: " ALFREDO DE LA CRUZ SÁNCHEZ AVENDAÑO", y debe aparecer así: "ALFREDO DE LA CRUZ SÁNCHEZ MORENO".-
En este sentido, una vez que quede firme la Sentencia debe cumplirse con lo previsto por los artículos 774 del Código de Procedimiento Civil y 502 del Código Civil.
Ofície.....