DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Juicio N° 2 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano YEGLI JOSÉ CONTRERAS MÁRQUEZ, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, de 21 años de edad, nacido en fecha 01-11-1987, Titular de la Cedula de Identidad N° V¬19.096.217, a TRES (3) AÑOS, CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, en grado de Complicidad, previsto y sancionado en el artículo 458 en armonía con el artículo 84 ordinal tercero primera parte ambos del Código Penal vigente, en perjuicio del ciudadano AUGUSTO GIRALDO CANO. Firme la presente decisión se ACUERDA oficiar en su oportunidad Legal a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, y Consejo Nacional Electoral, remitiendo copia certificada de la sentencia. Así mismo REMÍTASE en su oportunidad legal las actuacion.....