Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha cuatro (4) de abril de 2005 (folios 1207 al 1217) por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, contra el ciudadano Leonel Alexander Escalante, titular de la cédula de identidad N° 16.020.069, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de tres (3) años de prisión, por la comisión del delito de Estafa Agravada Continuada, previsto en el artículo 465, ordinal 1°, en concordancia con el artículo 464 del Código Penal, procede este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley a ejecutar la misma. En consecuencia, se designa el Centro Penitenciario de la Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas, Estado Mérida, como el lugar donde el penado cumplirá la pena impuesta, y se hace el cómputo de pena correspondiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 479.....