este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ORDENA el siguiente EJECÚTESE.del penado RICARDO DANIEL RANGEL APARICIO. 1) Lugar de reclusión: CPRA. Cómputo: conforme a los arts. 479, 482 y 484 del COPP: al penado le falta por cumplir la pena de: 10 AÑOS, 4 MESES Y 27 DÍAS, la cual terminará de cumplir el día: 24-03-2.020, al finalizar el día. 2) Exoneración pena accesoria art. 16.2 del C.P. 3) Penado podrá optar a las Medidas Alternativas de Cumplimiento de Pena conforme al art. 500 eiusdem. 4) Destrucción arma blanca y entrega dinero incautado, comisionar al Jefe del CICPC. a cuyo efecto se impondrá del presente ejecútese en el Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San Juan de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, el día lunes 02-11-2.009, por encontrarse este Tribunal de .....