Concluida la audiencia preliminar en el asunto penal, seguido contra los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), oídas como han sido las exposiciones, una vez admitida la acusación y admitidas parcialmente las pruebas ofrecidas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena el enjuiciamiento del acusado supra indicado.Por cuanto, de las actuaciones obrantes en autos se desprende la comisión de un hecho punible, del cual ha sido presentada la correspondiente acusación y admitida la misma por el delito de Homicidio Calificado por Motivos Fútiles e Innobles, con el Grado de Cooperadores Inmediatos, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal en concordancia con lo artículos 405 y 83 ejusdem, en perjuicio del hoy occiso José Antonio.....