DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado como DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR tipificado en el artículo 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehiculo en contra del adolescente antes mencionado y sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. b) Decreta medida cautelar de conformidad con el artículo 582.c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. c) Se acuerda el procedimiento ORDINARIO dentro del término legal, remítase las actuaciones a la fiscalía del Ministerio Público. Las Partes quedaron notificadas de la presente decisión en la audiencia emitida dentro del lapso legal. Diarícese, Certifíquese, Regístrese. Cúmplase. Así se decide.
LA JUEZA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA
ANA ANDRADE
En .....