Por las razones antes expresadas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIÁNI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la causante CRISTINA DEL CARMEN SOLARTE NAVA, quien falleció el día 31 de julio de 2016, según consta en acta de defunción Nº 201, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, a su hija GRECIA ANGELINA VALBUENA SOLARTE, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-15.590.586, domiciliada en la ciudad de El Vigía. QUEDANDO A SALVO LOS DERECHOS A TERCEROS. ASI SE DECIDE.